MENÚ PRINCIPAL

FINES DE LA HERMANDAD

 

La Hermandad de la Sagrada Mortaja tiene como fin principal y específico la promoción del culto a nuestro Señor el Santísimo Cristo de la Caridad, al  Santísimo Sacramento,  a la Madre de Dios María Santísima de la Piedad y a los Santos

            La Hermandad tiene además como fines propios, fomentar la acción evangelizadora y pastoral y promover la justicia, la caridad y la solidaridad como signos de Identidad de la Iglesia, así como atender prioritariamente a la formación básica y permanente de sus hermanos, añadiendo a éstos otros fines propios de las asociaciones de fieles

La Junta de Gobierno de la Hermandad, inspirará, alentará y organizará toda clase de actos que contribuyan a la más perfecta formación religiosa, social y cultural de sus miembros y de los fieles en general, tales como Ejercicios espirituales, conferencias, retiros, convivencias, coloquios y demás similares.(Art. 35)

La Junta de Gobierno y cada hermano en particular, cuidarán de que, delicadamente, se asista en sus necesidades espirituales y materiales a aquellos otros que lo precisen . A su vez, el hermano necesitado espiritual o materialmente, acudirá con cristiana libertad a los miembros de la Junta de Gobierno y a los restantes hermanos, exponiéndoles su problema en demanda de posible solución.Articulo 36)

Cada hermano pedirá a los Titulares de la Hermandad por la salud de aquellos otros que enfermasen. El hermano que conociese el fallecimiento de algún otro, encomendará su alma a Dios Nuestro Señor, rezando un Padrenuestro por el eterno descanso de su alma, y dará cuenta a la Junta de Gobierno. Se celebrará por el alma del difunto la  Eucaristía prevista en el Artículo 24 apartado f) del Estatuto  Base Articulo 37)

. La Bolsa de Caridad de la Hermandad es la sección de ésta que, con sus propios medios, prestará asistencia material a las personas acreedoras de ello según estas Reglas, como medio de que todos los hermanos se ejerciten en el amor cristiano a sus semejantes.  Además de lo reseñado en el Art. 89.3  de los Estatutos.Regla 40ª

Los fines de la Bolsa de Caridad además de lo expuesto en el Art. 103 de los Estatutos,  son los de atender a los hermanos necesitados de socorro o ayuda, sufragando en particular los gastos de entierro de aquellos que fallezcan desamparados de familiares y faltos de medios económicos, y en general cualquier otro que, a juicio de La Junta de Gobierno y según el espíritu de estas Reglas, sean dignos de la atención de la Hermandad a través de su Bolsa de Caridad.Regla 41ª.

 

<volver>